martes, 15 de octubre de 2013

La violencia feminista silenciosa

Lo que os voy a contar a continuación a mucho os parecerá algo más propio de una pelicula de David Linch, a otros os parecerá ciencia ficción, y muy probablemente algunos creereis que mi historia se desarrolla en Zimbawe o en alguna republica bananera caribeña, pero no, todo esto ocurre en un supuesto estado de derecho, en la Europa del siglo 21, la civilización occidental, cuna de las libertades y los derechos.

Mi historía pasaría como la de un fracaso sentimental más, si no fuera porque cometí el fatidico error de dejar embarazada a la mujer equivocada. A raiz de ahí descubres que tu vida nunca volverá a ser la misma, no por la inmensa felicidad que supone tener un hijo/a, sino porque este suceso maravilloso segun en que país se dé, abre a una mujer una baraja de posibilidades por la cual torturarte y hacer de tu vida un infierno si se lo propone, y todo ello desde la legalidad, amparada en la supuesta justicia que disfrutamos o padecemos en este país.

A los 3 meses de nacer mi hija decido que ya está bien de soportar a una mujer que intenta cortar mi relación con mi familia, que me hace cambiar de numero de movil porque no pueden llamarme amigos o amigas, celos infundados que la hacen agredirme, tirarme del pelo, arañarme, insultarme , y un largo etcetera de vejaciones. Antes decir que lo que me hizo decidirme a tomar la decisión es una serie de documentos que descubro de ella en los que ya habia tenido problemas en su anterior matrimonio, denuncias falsas incluidas, motivo por el cual y con un informe psicosocial por medio, se decide concederle la custodia de su hijo (de su anterior matrimonio) a su ex marido. Guardo todos esos documentos preveiendo que posiblemente todos esos documentos me pueden servir en algun momento.

Era un viernes a finales de mayo, le comento que estoy decidido a llegar a un acuerdo respecto a nuestra hija, ya que ni yo soporto más esa situación, ni estoy dispuesto a que mi hija viva en ese infierno, viendo agresiones, insultos, voces, etc.. todo esto sin animo de perjudicarla, ya que sabiendo que le habian retirado la custodia de su anterior hijo, tenía muchas posibilidades de buscarle las cosquillas. Le comento que el proximo lunes hablaría con algun abogado para llegar a una solución respecto a nuestra hija, todo de mutuo acuerdo, pero finalmente no fué necesario, porque el domingo se va de casa y llega acompañada de la guardia civil, me había puesto una denuncia de malos tratos. Como fué tan tonta como para ni siquiera autolesionarse y darle algo de veracidad a su denuncia, alega maltrato psicologico, algo tan etereo como el olor de las nubes o la inclinación sexual del marido de Alaska.

Es en ese momento cuando descubres el poder del feminazismo en este país, se ponen en marcha una serie de mecanismos en los que son violados todos tus derechos más fundamentales, empezando por la presunción de inocencia. De momento eres detenido, aunque seas tú el que tiene signos de agresiones (me hizo un arañazo esa misma mañana) y poseas un parte de agresiones, aunque ella tenga antecedentes de denuncias falsas, aunque un psicologo del juzgado le haya retirado la custodia del hijo que tiene en su anterior matrimonio. Vas a declarar, y lo normal es que en ese momento pases directamente a dormir en un calabozo y al dia siguiente vayas desorientado, hecho un zombie y sin saber que hacer o decir, a un juzgado de violencia de genero que te juzga como si se tratase de un juicio castrense en tiempos de guerra.

Afortunadamente en mi caso estuvo todo tan meridianamente claro que me libré de condena y de la orden de alejamiento que ella pretendía, el juez determina que su versión es inverosimil, y que no querer llevarla en mi coche a recoger a su hijo no supone ningun tipo de maltrato psicológico, por lo que llega a la conclusión de que el motivo de su denuncia no es otro que buscar de forma "espuria" obtener ventaja en un posible contencioso respecto a la custodia de nuestra hija.

En cualquier estado de derecho que se rige por la más pura logica y sentido de la ley, desde ese momento debería ser yo el que hubiera salido del juzgado no solo en libertad como salí, sino con mi hija del brazo, además de actuar de oficio el ministerio fiscal en contra de un delito como supone denunciar en falso a alguien (y además con antecedentes de haberlo hecho con su anterior pareja). Pues no, te instan a solicitar unas medidas paternofiliares, algo supuestamente rapido, en un mes debe estar resuelto. De momento se llevan a tu hija, a pesar de demostrarse su falsedad en la denuncia, de ser reiterativa en denunciar falsamente, se le permite llevarse a tu hija, se la acoge en una casa para mujeres maltratadas donde le buscan trabajo y le solicitan una paga mensual durante un año que ha estado recibiendo sin ningun tipo de inconveniente a pesar de haberse demostrado en el juicio que es una denunca falsa, todo esto cuando lo más logico es que tras haberse demostrado los motivos de la denuncia, lo más logico hubiera sido que el ministerio fiscal hubiera actuado de oficio ante la reiteración de esta muchacha en denunciar falsamente a su ex y a mí.

LA ODISEA
A los 4 dias tengo solicitadas unas pedidas paternofiliares PROVISIONALISIMAS, que se llaman precisamente así porque tratan de regular de forma transitoria un regimen de visitas mientras se celebra el juicio principal, unas medidas que en la teoria suelen en salir en un mes. Estamos hablando de principios de mayo del 2012. Mientras la madre se niega a permitirme ver a mi hija, sin unas medidas de alejamiento, y tras haberle dejado claro la jueza que yo puedo ver a mi hija siempre que quiera. Su motivo para no permitirme verla es que al estar en una casa de acogida para mujeres maltratadas, yo como hombre no tengo derecho a saber donde se encuentra, por lo tanto debido a esto y a que no hay todavia regulación ninguna, puede permitirse negarse a que vea a mi hija sin temor a represalias legales algunas. Yo (iluso de mí) pensando en que en un plazo corto tendré el juicio de medidas provisionales, aguanto un tiempo con relativa calma. Junto a las medidas provisionales se solicita un informe psicosocial para que vuelva a demostrarse por segunda vez el desequilibrio mental de esta muchacha.

Pasa mayo, junio, julio, agosto, septiembre, octubre, y no hay noticias del juzgado, sigo sin ver a mi hija, y ni siquiera nos llaman para realizar el informe psicosocial. A finales de noviembre por fin se señala el juicio de medidas provisionales para finales de enero. Llega enero y a 3 dias de celebrarse el juicio consigue anularlo utilizando una trampa legal, resulta que como ella ya no vive en la misma localidad que yo, su abogada solicita el cambio de juzgado porque considera que ese ya no es competente para celebrar el juicio, por lo tanto el juicio se anula a 3 dias de celebrarse a pesar de no tener esto base legal alguna que lo sustente.

Pasa enero, febrero, marzo, y a finales de abril nos llaman para realizar el informe psicosocial, que es mi unica baza para conseguir la custodia de mi hija, una vez demostrado el estado mental de esta muchacha. En mayo de este mismo año celebramos el informe psicosocial. En el psicosocial me encuentro con la sorpresa de que tras comentar que esta es la segunda vez que esta muchacha va a pasar por el equipo psicosocial y los antedecentes de esta, los psicologos del juzgados la recuerdan perfectamente por lo singular del estado emocional de esta muchacha, por lo que tras realizarnos el informe a los dos, la conclusion que sacan es que debe concederme a mi la custodia de mi hija porque al igual que se demostró en el informe que le hicieron entonces cuando su anterior separación, tanto el hijo que tiene con su ex como la hija que tiene conmigo, corren riesgos a su lado.

Este informe supuestamente debe estar enviado en cuestion de dias al juzgado, sin embargo pasa mayo, junio, julio, agosto, septiembre... y a principios de octubre al estar harto de esperar que llegue dicho informe, me presento en el gabinete psicosocial y resulta que el informe habia sido enviado a los varios dias de realizarse, pero no se sabe el motivo por el cual SE HA PERDIDO en el juzgado, por lo que a principios de octubre de este més el equipo psicosocial vuelve a enviar el informe al juzgado, informe que es recibido por fin tras varios meses.

La situacion actual tras más de año y medio es que el juzgado todavia no se ha pronunciado sobre la revocatoria (creo que se llama así) de la otra parte para celebrar el juicio en ese juzgado o en otro, ni siquiera tengo señalamiento para la celebración de unas medidas provisionales que supuestamente deben tardar en salir un mes como mucho, año y medio de una desequilibrada mental usando todos los mecanismos que un estado feminazi pone a su alcance para joderme la vida de mala manera, año y medio que he perdido de mi hija, la cual a dia de hoy tras tener casi 2 años, ni siquiera conoce a su padre, año y medio que nadie me va a devolver. 

FUENTE: http://www.forocoches.com/foro/showthread.php?t=3437441

sábado, 12 de octubre de 2013

La gran mentira del genocidio español en América

De todas las mentiras que se han escuchado a lo largo de nuestra historia, quizá entre las que más molestan están las relativas al papel ejercido por España en América. Las que conforman la “Leyenda Negra” que acusa a España de genocida y esclavizadora de los pueblos americanos durante la Conquista. Y molestan porque son acusaciones falsas e infundadas, que a base de ser repetidas e introducidas con calzador en el ideario popular, hemos acabado por creérnoslas hasta los propios españoles.

Todo proceso histórico conquistador o colonizador conlleva el uso de la violencia y de las armas. Si bien el Imperio Romano invadió y conquistó España desde el siglo III A.C., arrasando y aniquilando a nuestros antepasados celtíberos, lusitanos, astures o cántabros, a nadie con un mínimo de inteligencia se le ocurriría hoy decir que Roma es la culpable de “la aniquilación de España” y del “sometimiento injusto” de nuestro pueblo. Más bien, los españoles mantendremos una deuda eterna con Roma por habernos dejado un legado inigualable tras su paso, latinizándonos y regalándonos su influencia y su organización. Algo parecido, o quizá de superior magnitud, sucedió en lo que respecta a la transmisión de riqueza a América tras nuestra llegada. La diferencia, sin embargo, es que el Imperio Romano no tuvo la mala suerte de contar con un enemigo anglosajón que volcara sobre él durante siglos infinitas mentiras y leyendas destinadas a diezmar su legitimidad y grandeza incontestables.

También los propios Tlaxcaltecas ayudaron a Hernán Cortés a derrotar a sus enemigos de Tenochtitlán (los Aztecas de Moctezuma), y los Aztecas, a su vez, combatieron junto a los españoles en posteriores colonizaciones… La historia, como vemos, es al final una sucesión de conquistas, y si bien se cometieron algunos casos aislados de maltrato durante los periodos de introducción y de Conquista (inevitables teniendo en cuenta las gentes, las circunstancias y la época) España no ejerció sobre los nativos americanos ningún tipo de genocidio ni esclavitud generalizado. Muy al contrario, podemos decir (y avalarlo con documentación y hechos contrastados de la historia), que España fue el único país de Europa que siempre protegió en su Conquista a los nativos de todos nuestros territorios de Ultramar, garantizándoles una vida digna y unos derechos integrales.

Pocos años después de nuestra llegada a tierras americanas, y en virtud de nuestra condición de Reino católico (clave en nuestra posterior relación con los indígenas), y del impulso de nuestros frailes Franciscanos y Jesuitas, fuimos los propios españoles quienes dictamos multitud de normas, leyes y decretos oficiales que protegían a los indígenas de cualquier abuso. Y fue la propia Reina Isabel la Católica quien determinó tras el primer viaje de Colón, que los indios nativos no debían ser considerados esclavos, ni siquiera gentes colonizadas, sino súbditos de pleno derecho de la Corona Española, como habitantes de las nuevas provincias recién descubiertas.
Y nos tomamos tan en serio los españoles la aplicación de justicia sobre los indígenas del Nuevo Mundo, que la Monarquía Hispánica inmediatamente acometió las reformas necesarias para regular su trato de forma oficial. De esta manera, nada más dos décadas después de iniciarse el Descubrimiento (el 27 de diciembre de 1512), España abolió la esclavitud indígena mediante las “Leyes de Burgos, en las cuales se emitieron las ordenanzas necesarias “para el gobierno con mayor justicia de los naturales, indios o indígenas” y se estableció que el Rey de España tenía derecho a “justos títulos” de dominio del Nuevo Mundo, pero sin derecho a explotar al indio, que era hombre libre y podía tener propiedades, pero que como súbdito debía trabajar a favor de la Corona sin mediar la esclavitud, retribuido y con libertades garantizadas, a través de los españoles allí asentados. España anteponía la evangelización de los nativos a cualquier otra materia, nativos a quienes consideraba hermanos cristianos, dejando a un lado las excepciones salvajes que efectivamente se pudieran dar y de las que de ninguna manera fue culpable España como unidad.

Pero las “Leyes de Burgos” no fueron unas leyes aisladas en lo referente al trato a los indígenas, y treinta años más tarde (1542), España emitía las “Leyes Nuevas ( o Leyes y ordenanzas nuevamente hechas por Su Majestad para la gobernación de las Indias y buen tratamiento y conservación de los indios), en las que entre otras cosas se regulaba aún más en detalle el trato a los nativos, proclamando de nuevo su libertad y suprimiendo igualmente las encomiendas. Eran normas emitidas por los propios españoles y que restaban derechos a los pobladores españoles en beneficio de los indígenas, algo inédito en aquel momento y digno de asombrosa admiración… En esas “Leyes Nuevas”, el Emperador Carlos I mandó constituir una comisión que determinara la limitación de los derechos de los españoles en sus encomiendas y el sistema y forma en que se llevaban a cabo las Conquistas (no podían violarse los derechos indígenas en ese proceso). En dichas leyes, también se regulaban los tributos que los indígenas debían aportar al Estado, como súbditos del Rey que eran y no como esclavos.

También hacer especial mención a las leyes de Indias, que constituyen una recopilación de las distintas normas legales vigentes en los reinos de Indias, realizada durante el reinado de Carlos II. Básicamente, fueron un compendio de las Leyes de Burgos, las Leyes Nuevas y las Ordenanzas de Alfaro. Fueron promulgadas mediante real cédula el 18 de mayo de 1680.
En resumen, en lo relativo al trato a los indígenas, las “Leyes Nuevas” aportaban lo siguiente:

- Sobre la esclavitud:

* Cuidar la conservación y gobierno y buen trato de los indios

* Que no hubiera causa ni motivo alguno para hacer esclavos, ni por guerra, ni por rebeldía, ni por rescate, ni de otra manera alguna.

* Que los esclavos existentes fueran puestos en libertad, si no se mostraba el pleno derecho jurídico a mantenerlos en ese estado.

* Que se acabara la mala costumbre de hacer que los indios sirvieran de cargadores (tamemes), sin su propia voluntad y con la debida retribución.

* Que no fueran llevados a regiones remotas con el pretexto de la pesca de perlas.

* Se dictó orden a la armada española para la persecución y castigo de las naves esclavistas inglesas, holandesas y portuguesas que infectaban el caribe con destino a las colonias anglosajonas y a Brasil.

- Sobre las encomiendas:

* Que los oficiales reales, del virrey para abajo, no tuvieran derecho a la encomienda de indios, lo mismo que las órdenes religiosas, hospitales, obras comunales o cofradías.

* Que el repartimiento dado a los primeros Conquistadores cesara totalmente a la muerte de ellos y los indios fueran puestos bajo la real Corona, sin que nadie pudiera heredar su tenencia y dominio.

Y es que, como decía el historiador e hispanista estadounidense Lewis Hanke, uno de los mayores expertos sobre Hispanoamérica: “Ninguna nación europea se responsabilizó de su deber cristiano hacia los pueblos nativos tan seriamente como lo hizo España”. Y no solo cuidamos más que ningún otro país nuestra relación con aquellos nuevos compatriotas, sino que el nacimiento del Imperio Español en América supuso, de facto, en inicio de uno de los periodos más prósperos de la historia universal. Un periodo en el cual la ciudad de México llegó a convertirse en la urbe más grande y rica del planeta, o en el que cuando llegaron las independencias, España había creado un legado que convertía a Hispanoamérica en la región más próspera del planeta, con un nivel de vida y una economía incluso superiores a las de la Europa de entonces y con unas ciudades (como Lima, Santa Fe de Bogotá o México), mucho más importantes que Londres, París o la Roma de aquel momento… Y fuimos quizá tan respetuosos y precavidos, que podemos afirmar que los problemas reales de las independencias americanas no fueron causados por España, sino por los trágicos y mal llamados “libertadores”, que en nombre de una falsa igualdad arrebataron a los indios sus derechos y sus tierras comunales, amparadas por las leyes y los derechos que los españoles habíamos decretado siglos antes.

Nuestra labor en América no tuvo absolutamente nada que ver con genocidios o esclavitudes, y sin embargo sí mucho que ver con el florecimiento en América de una nueva cultura que venía a cambiar para mejor la que nos encontramos al llegar. Descubrimos sociedades tecnológica y humanamente 3000 años atrasadas, generalmente inconexas entre ellas, que en su práctica totalidad practicaban el canibalismo y los sacrificios humanos, y a las cuales situamos a la cabeza del mundo en pocos siglos. Y es España la responsable de haber trasladado a América el urbanismo, el derecho, las economías estructuradas, la agricultura, las universidades, las catedrales, las técnicas arquitectónicas, la influencia del Renacimiento, la imprenta, la rueda, la escritura, la música o la fe, entre otras infinitas cosas. Fundamos 23 universidades en América que daban educación a casi 200.000 alumnos de todas las clases sociales y razas (Portugal no fundó ninguna en Brasil durante su periodo colonial, mientras que la Inglaterra colonial de entonces, por ejemplo, hasta ese momento se había preocupado más bien poco por educar a sus indígenas), y a través de la península, hacíamos llegar a América todas las corrientes intelectuales y las artes que la grandiosa España de entonces absorbía.

CAPITULO XII del testamento de ISABEL LA CATOLICA: «Por cuanto al tiempo que nos fueron concedidas por la Santa Sede Apostólica las islas e tierra firme del mar Océano, descubiertas e por descubrir, nuestra principal intención fue, al tiempo que lo suplicamos al Papa Alejandro sexto de buena memoria, que nos hizo la dicha concesión, de procurar inducir e traer los pueblos de ellas e los convertir a nuestra Santa Fe católica, e enviar a las dichas islas e tierra firme del mar Océano perlados e religiosos e clérigos e otras personas doctas e temerosas de Dios, para instruir los vecinos y moradores de ellas en la Fe católica, e les enseñar e doctrinar buenas costumbres e poner en elfo la diligencia debida, según como más largamente en las Letras de la dicha concesión se contiene, por ende suplico al Rey, mi Señor, muy afectuosamente, e encargo e mando a la dicha Princesa mi hija e al dicho Príncipe su marido, que así lo hagan e cumplan, e que este sea su principal fin, e que en ello pongan mucha diligencia, e non consientan e den lugar que los indios vecinos e moradores en las dichas Indias e tierra firme, ganadas e por ganar, reciban agravio alguno en sus personas e bienes; mas mando que sea bien e justamente tratados. E si algún agravio han recibido, lo remedien e provean, por manera que no se exceda en cosa alguna de lo que por las Letras Apostólicas de la dicha concesión nos es infundido y mandado».

¿Qué se cometieron atrocidades e injusticias? Sin duda, sí. ¿Qué hubo quienes utilizaron su poder personal para esclavizar a veces a los indígenas? También. Pero el 95% de las muertes acaecidas por aquel tiempo en América no son producto de las armas españolas, sino de los virus y enfermedades (como la gripe, la viruela, la escarlatina o el sarampión), que inevitablemente se transmitieron de España a América y de América a España entre dos mundos que hasta ese momento habían estado permanentemente aislados entre sí.

Por todo ello, creo que es deber de toda la comunidad Hispanoamericana conocer estos hechos, para no dejarnos seguir engañando por la leyenda negra creada por el mundo anglosajón y por quienes encabezaron las distintas independencias e hicieron creer a algunos que la bellísima historia común que tenemos no fue sino una vulgar y cruel escabechina. Con un poco de rigor histórico y cultura, descubrimos que lejos de ser aquello que esos dicen, la historia de España en América es uno de los periodos más hermosos y prósperos de la historia universal, porque España no fue a América para irse sino para quedarse, para construir y para fusionarse. Y fruto de ese aporte y de esa fusión son sus ciudades y sus gentes de hoy, que son el mejor ejemplo vivo de aquella gesta sin igual que hermanó para siempre a una comunidad de naciones que hoy engloba a 450 millones de personas.


FUENTE: “Guía políticamente incorrecta de la civilización occidental”, adaptación española basada en: The Politically Incorrect Guide to Western Civilization. Anthony Esolen y José Javier Esparza Torres. Ciudadela Libros.


FUENTE: http://www.elmanifiesto.com/articulos.asp?idarticulo=4312

miércoles, 9 de octubre de 2013

domingo, 6 de octubre de 2013

Un hombre muere apuñalado a manos de su novia en Torrejón

La chica ha clavado un cuchillo en el abdomen a la víctima durante el transcurso de una discusión, lo que ha causado su fallecimiento

Un hombre de 30 años ha muerto apuñalado la madrugada de este domingo a manos de su pareja, una chica de 26 años, que ha confesado el crimen, durante una discusión en la localidad madrileña de Torrejón de Ardoz, según han confirmado a Europa Press fuentes de la Jefatura Superior de Policía de Madrid.
El suceso se ha producido pasados quince minutos de la medianoche, en una vivienda situada en el número 32 de la calle Cáncana. La chica, según estas fuentes, le ha clavado un cuchillo en el abdomen a la víctima durante el transcurso de una discusión, lo que ha causado su fallecimiento.
Ambos son de nacionalidad española y, por el momento, se desconoce la vinculación de la pareja. La autora confesa de los hechos ha sido detenida en el domicilio y se encuentra en dependencias policiales bajo custodia del Grupo de Homicidios de la Policía Nacional.

miércoles, 2 de octubre de 2013

Una sentencia considera probado que las mujeres son más torpes al volante

Un juez de Zaragoza exculpa de disriminación a una autoescuela que lanzó una oferta más cara para mujeres que para hombres


Un juez de Zaragoza considera probado que las mujeres son más torpes que los hombres al aprender a conducir, que necesitan más clases prácticas para sacarse el carné de conducir y que, por tanto, no puede considerarse discriminatorio que una autoescuela lance ofertas con precios diferenciados: más baratas para los hombres que para las mujeres.
Así consta en una sentencia en la que el titular del juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Zaragoza, Javier Albar, exculpa a la empresa Gasque S.L. («Autoescuela Zaragoza») de haber incurrido en una práctica discriminatoria cuando, en el año 2011, lanzó una oferta especial para las clases del carné de conducir dirigida a jóvenes de entre 18 y 22 años de edad: una «tarifa plana», fuera cual fuera el número de clases necesarias, a un precio inferior que el ordinario que cobraba dicho establecimiento. Eso sí, la «tarifa plana» para sacarse el carné de conducir no era la misma para chicos que para chicas: para ellas, 850 euros; para ellos, 665 euros.
La oferta en cuestión fue denunciada por la Unión de Consumidores de Aragón (UCA). Y, en 2012, las autoridades autonómicas de Consumo impusieron a la autoescuela una multa de 4.000 euros.
La empresa recurrió la sanción y el caso acabó en los juzgados, que ahora le dan la razón. En su sentencia, el juez indica que en este caso concreto no hay una discriminación sexista, sino una legítima planificación empresarial avalada -apunta- por la propia ley de igualdad en vigor desde 2007. El magistrado se apoya en el apartado tres del artículo 69 de dicha ley, que esteblece como «admisibles» aquellas «diferencias de trato en el acceso a bienes y servicios cuando estén justificadas por un propósito legítimo y los medios para lograrlo sean adecuados y necesarios».
El juez entiende que así ocurrió con esta oferta diferenciada para hombres y mujeres que lanzó la autoescuela, porque -argumenta- las propias estadísticas oficiales de la Dirección General de Tráfico recopiladas entre 2007 y 2012 confirman que en «todos y cada uno de los años, tanto en la prueba de destreza como en la de conducción abierta hay un mayor número de aprobados de los hombres». Unos datos, apunta igualmente la sentencia, que se ven reforzados por las propias estadísticas de la autoescuela en cuestión, en la que se indica que las mujeres necesitan una media de cinco clases más que los hombres hasta alcanzar la destreza suficiente como para aprobar el carné de conducir.
«La diferencia, por tanto, -reza la sentencia- era lo suficientemente significativa como para que, en una oferta que en principio resultaba una mejora de precio respecto de las tarifas generales, se ofreciese un precio mejor a los varones, contemplado ello desde el punto de vista estrictamente económico y con un criterio estadístico». «Es obvio que si normalmente emplean menos clases, una tarifa plana poco ajustada y mediada con la de las mujeres dejaría de resultarles atractiva (a los hombres)», indica la misma sentencia.
Además, argumenta que «no se produjo ningún perjuicio a las mujeres, pues el que no obtuviesen una tarifa tan ventajosa para los hombres se debía simplemente a que, estadísticamente hablando, ofrecerles el mismo precio habría resultado antieconómico, pero ni dejaban de tener una tarifa plana ajustada a la experiencia económica, ni dejaban de poder acudir a las tarifas ordinarias».
La UCA ha afirmado que está estudiando recurrir esta sentencia ante el Tribunal Constitucional, ya que no cabe recurso judicial por vía ordinaria.