Un juez de Zaragoza exculpa de disriminación a una autoescuela que lanzó una oferta más cara para mujeres que para hombres
Un juez de Zaragoza considera probado que las mujeres son más torpes que los hombres al aprender a conducir, que necesitan más clases prácticas para sacarse el carné de conducir y que, por tanto, no puede considerarse discriminatorio que una autoescuela lance ofertas con precios diferenciados: más baratas para los hombres que para las mujeres.
Así consta en una sentencia en la
que el titular del juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de
Zaragoza, Javier Albar, exculpa a la empresa Gasque S.L.
(«Autoescuela Zaragoza») de haber incurrido en una práctica
discriminatoria cuando, en el año 2011, lanzó una oferta especial para
las clases del carné de conducir dirigida a jóvenes de entre 18 y 22
años de edad: una «tarifa plana», fuera cual fuera el número de clases
necesarias, a un precio inferior que el ordinario que cobraba dicho
establecimiento. Eso sí, la «tarifa plana» para sacarse el carné de conducir no era la misma para chicos que para chicas: para ellas, 850 euros; para ellos, 665 euros.
La oferta en cuestión fue denunciada por la Unión de Consumidores de Aragón (UCA). Y, en 2012, las autoridades autonómicas de Consumo impusieron a la autoescuela una multa de 4.000 euros.
La empresa recurrió la sanción y el caso acabó en los juzgados, que ahora le dan la razón. En su sentencia, el juez indica que en este caso concreto no hay una discriminación sexista, sino una legítima planificación empresarial
avalada -apunta- por la propia ley de igualdad en vigor desde 2007. El
magistrado se apoya en el apartado tres del artículo 69 de dicha ley,
que esteblece como «admisibles» aquellas «diferencias de trato en el
acceso a bienes y servicios cuando estén justificadas por un propósito
legítimo y los medios para lograrlo sean adecuados y necesarios».
El juez entiende que así ocurrió con
esta oferta diferenciada para hombres y mujeres que lanzó la
autoescuela, porque -argumenta- las propias estadísticas oficiales de la Dirección General de Tráfico recopiladas entre 2007 y 2012 confirman que en «todos
y cada uno de los años, tanto en la prueba de destreza como en la de
conducción abierta hay un mayor número de aprobados de los hombres».
Unos datos, apunta igualmente la sentencia, que se ven reforzados por
las propias estadísticas de la autoescuela en cuestión, en la que se
indica que las mujeres necesitan una media de cinco clases más que los
hombres hasta alcanzar la destreza suficiente como para aprobar el carné
de conducir.
«La diferencia, por tanto, -reza la
sentencia- era lo suficientemente significativa como para que, en una
oferta que en principio resultaba una mejora de precio respecto de las
tarifas generales, se ofreciese un precio mejor a los varones,
contemplado ello desde el punto de vista estrictamente económico y con
un criterio estadístico». «Es
obvio que si normalmente emplean menos clases, una tarifa plana poco
ajustada y mediada con la de las mujeres dejaría de resultarles
atractiva (a los hombres)», indica la misma sentencia.
Además, argumenta que «no se produjo
ningún perjuicio a las mujeres, pues el que no obtuviesen una tarifa
tan ventajosa para los hombres se debía simplemente a que,
estadísticamente hablando, ofrecerles el mismo precio habría resultado
antieconómico, pero ni dejaban de tener una tarifa plana ajustada a la
experiencia económica, ni dejaban de poder acudir a las tarifas
ordinarias».
La UCA ha afirmado que está
estudiando recurrir esta sentencia ante el Tribunal Constitucional, ya
que no cabe recurso judicial por vía ordinaria.
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